¿qués son?
| clasificación
| grupos vulnerables
| resolución
Clasificación en tres Generaciones
Los Derechos Humanos han sido clasificados de diversas maneras,
de acuerdo con su naturaleza, origen, contenido y por la materia
que refiere. La denominada Tres Generaciones es de carácter
histórico y considera cronológicamente su aparición
o reconocimiento por parte del orden jurídico normativo
de cada país.
Primera generación
Se refiere a los derechos civiles y políticos, también
denominados "libertades clásicas". Fueron los
primeros que exigió y formuló el pueblo en la
Asamblea Nacional durante la Revolución francesa. Este
primer grupo lo constituyen los reclamos que motivaron los principales
movimientos revolucionarios en diversas partes del mundo a finales
del siglo XVIII.
Como resultado de esas luchas, esas exigencias fueron consagradas
como auténticos derechos y difundidos internacionalmente,
entre los cuales figuran:
Toda persona tiene derechos y libertades fundamentales sin
distinción de raza, color, idioma, posición social
o económica.
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la
seguridad jurídica.
Los hombres y las mujeres poseen iguales derechos.
Nadie estará sometido a esclavitud o servidumbre.
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles,
inhumanos o degradantes, ni se le podrá ocasionar daño
físico, psíquico o moral.
Nadie puede ser molestado arbitrariamente en su vida privada,
familiar, domicilio o correspondencia, ni sufrir ataques a su
honra o reputación.
Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir
su residencia.
Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
En caso de persecución política, toda persona
tiene derecho a buscar asilo y a disfrutar de él, en
cualquier país.
Los hombres y las mujeres tienen derecho a casarse y a decidir
el número de hijos que desean.
Todo individuo tiene derecho a la libertad de pensamiento y
de religión.
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión
y expresión de ideas.
Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión
y de asociación pacífica.
Segunda generación
La constituyen los derechos económicos, sociales y culturales,
debido a los cuales, el Estado de Derecho pasa a una etapa superior,
es decir, a un Estado Social de Derecho.
De ahí el surgimiento del constitucionalismo social
que enfrenta la exigencia de que los derechos sociales y económicos,
descritos en las normas constitucionales, sean realmente accesibles
y disfrutables. Se demanda un Estado de Bienestar que implemente
acciones, programas y estrategias, a fin de lograr que las personas
los gocen de manera efectiva, y son:
Toda persona tiene derecho a la seguridad social y a obtener
la satisfacción de los derechos económicos, sociales
y culturales.
Toda persona tiene derecho al trabajo en condiciones equitativas
y satisfactorias.
Toda persona tiene derecho a formar sindicatos para la defensa
de sus intereses.
Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que
le asegure a ella y a su familia la salud, alimentación,
vestido, vivienda, asistencia médica y los servicios
sociales necesarios.
Toda persona tiene derecho a la salud física y mental.
Durante la maternidad y la infancia toda persona tiene derecho
a cuidados y asistencia especiales.
Toda persona tiene derecho a la educación en sus diversas
modalidades.
La educación primaria y secundaria es obligatoria y
gratuita.
Tercera generación
Este grupo fue promovido a partir de la década de los
setenta para incentivar el progreso social y elevar el nivel
de vida de todos los pueblos, en un marco de respeto y colaboración
mutua entre las distintas naciones de la comunidad internacional.
Entre otros, destacan los relacionados con:
La autodeterminación.
La independencia económica y política.
La identidad nacional y cultural.
La paz.
La coexistencia pacífica.
El entendimiento y confianza.
La cooperación internacional y regional.
La justicia internacional.
El uso de los avances de las ciencias y la tecnología.
La solución de los problemas alimenticios, demográficos,
educativos y ecológicos.
El medio ambiente.
El patrimonio común de la humanidad.
El desarrollo que permita una vida digna.