El
matrimonio y la religión católica: El sacramento
que es la unión marital de un hombre y una mujer,
entre personas legítimas, para formar una comunidad
indivisa de vida.
Al contemplar a la mujer que Dios le había dado
por compañera, Adán comprende que han sido
llamados a formar una unidad, exclusiva y duradera: "Dejar
el hombre a su padre y a su madre, y se adherir a su mujer,
y vendrán a ser los dos una sola carne" (Gen.
2, 24). Esta inseparable comunidad de vida a la que Dios
les destina, se basa en la entrega personal del uno al
otro, y encuentra su consumación sensible en la
unión de los cuerpos.
Desde el inicio de los tiempos, cuando
Dios creó a la primera pareja, les dio un ordenamiento
que hizo de su unión una institución natural
dotada de vínculo permanente y exclusivo, de modo
que ya no son dos sino una sola carne, sin que nadie en
la tierra pueda separar lo que el mismo Dios ha unido (cfr.
Mt. 19, 6).
En el matrimonio, además, recibieron
Adán y Eva el encargo de multiplicarse y llenar la
tierra, siendo colaboradores de Dios en la tarea de transmitir
la vida y propagar la especie humana.
De esta manera, Dios proveía también el crecimiento
de la sociedad.
Para
los bautizados el matrimonio es, al mismo tiempo, un gran
sacramento que significa la unión de Cristo con la
Iglesia (cfr. Ef. 5, 32), ya que la ley que lo modela es
el amor de Cristo a su Iglesia, que le hizo entregarse para
santificarla y tenerla para Sí gloriosa, sin mancha
ni arruga, santa e inmaculada (cfr. Ef. 5, 25-27).
Resumiendo lo anterior podemos afirmar
que el matrimonio es, desde el principio de la humanidad,
una institución natural establecida por el mismo
Creador y que, desde Nuestro Señor Jesucristo es
además, para los bautizados, un sacramento. En el
presente inciso (8.1) lo estudiaremos en su primera consideración,
y en el inciso siguiente (8.2) en cuanto sacramento.
8.1.1 Definición
La palabra ‘matrimonio’
procede etimológicamente de matris munium (oficio
de madre), pues tiene relación con la tarea de concebir
y educar a los hijos que, por su propia naturaleza, compete
a la mujer (cfr. S. Th. Supl., q. 44, a. 2)
El matrimonio en su definición real,
es la unión marital de un hombre y una mujer, entre
personas legítimas, para formar una comunidad indivisa
de vida (cfr. Catecismo Romano. P. II, cap. 8, n. 3):
unión:
significa tanto el consentimiento interior y exterior por
el que se contrae matrimonio, como el vínculo permanente
que nace de ese consentimiento.
marital: la
finalidad de esa unión es una legítima vida
marital, entregando y recibiendo el derecho mutuo a la unión
física de por sí apta para engendrar hijos.
de un hombre y de
una mujer: se excluye así la poligamia (unión
de un hombre con varias mujeres) y la poliandria (la unión
de una mujer con varios hombres)
entre personas legítimas:
por ley natural, o por ley positiva, no todas las personas
pueden contraer matrimonio, o bien no lo pueden contraer
con determinada persona.
para formar una comunidad
indivisa de vida: el matrimonio es indisoluble, y
exige que así lo sea también la unión
de vida que origina.
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