Según el lugar de residencia y el lugar donde os vais a casar, hay diversas posibilidades de tramitación, hasta llegar al documento que autoriza vuestro matrimonio.
Si los dos viven en la misma parroquia:
1.- Se casan en esa parroquia, se lleva el Expediente al Obispado.
El documento que os entreguen en el mismo, debéis llevarlo
a la parroquia donde os vais a casar.
2.- Se casan en otra Diócesis. Se lleva el Expediente al Obispado, el cual os entrega el Atestado de libertad, que se lleva al Obispado de la Diócesis donde os vais a casar. Allí os entregan el documento que lleváis a la parroquia donde se va a celebrar el matrimonio.
Si viven en distintas parroquias de
la misma Diócesis:
1.- Realizan el Expediente en una de las parroquias:
a.- Se casan en una de las parroquias. Se lleva el Expediente al Obispado, y el documento que este entrega se lleva a la parroquia donde os vais a casar.
b.- Se casan en otra Diócesis. Se lleva el Expediente al Obispado, el cual os entrega el Atestado de libertad, que se lleva al Obispado de la Diócesis donde os vais a casar. Allí os entregan un documento que debéis llevar a la parroquia donde se va a celebrar el matrimonio.
2.- Realizan dos medios Expedientes:
a.- Se casan en una de las parroquias. Se llevan los dos medios Expedientes al Obispado y allí os entregan un documento que lleváis a la parroquia donde os vais a casar.
b.- Se casan en otra parroquia de la Diócesis. Se llevan los dos medios Expedientes al Obispado. Allí os entregan un documento que se lleva a la parroquia donde os vais a casar

c.- Se casan en otra Diócesis. Se llevan los dos medios Expedientes al Obispado y él nos entrega el Atestado de libertad, que se lleva al Obispado de la Diócesis donde os vais a casar. Allí os entregan un documento que debéis llevar a la parroquia donde vais a contraer matrimonio.
Si viven en parroquias de distintas
Diócesis (los Expedientes se realizan por separado,
es decir, dos medios Expedientes):
1.- Se casan en la parroquia donde vive uno de ellos. El medio
Expediente del que vive en la Diócesis donde no se
van a casar, se lleva a su Obispado, y el Atestado de libertad
que allí te entregan, se une al medio Expediente del
otro. Ambos se llevan a su Obispado. El documento que allí
os entregan se lleva a la parroquia a donde os vais a casar.
2.- Se casan en una parroquia de la Diócesis donde
no vive ninguno de ellos. El novio lleva su medio Expediente
a su Obispado. El Atestado de libertad que allí te
entregan, se lleva, junto con el medio Expediente de la novia,
a su Obispado correspondiente.
El Atestado de libertad (en favor de los dos), se lleva al
Obispado de la parroquia donde os vais a casar y el documento
que allí os entregan, se lleva a la parroquia donde
se va a celebrar el matrimonio.
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