Son cada vez más numerosos los casos de personas
católicas que viven en una situación matrimonial
irregular. En especial, va siendo más frecuente
el caso de los que, habiéndose divorciado, contraen
civilmente un nuevo matrimonio.
Algunos de estos católicos, al paso del tiempo,
y permaneciendo en su irregular situación, se replantean
su vida cristiana, con el deseo de recibir los sacramentos
de la penitencia y de la Eucaristía.
Ante estas lamentables situaciones no han faltado quienes
proponen y ponen en práctica soluciones incompatibles
con la doctrina cristiana.
En estos casos, afirman erróneamente que es posible
aplicar soluciones pastorales de emergencia, pues aunque
realmente estas personas no tienen derecho a recibir los
sacramentos, se les podría admitir si se dan algunas
condiciones: p. ej., que el primer matrimonio haya sido
quebrantado hace ya mucho tiempo, de modo que no cabe
la reconciliación; que se hayan arrepentido de
su culpa y, en la medida de lo posible, hayan reparado;
que la segunda unión sea estable y en ella hayan
dado señales de una vida basada en la fe, etc.
La doctrina de la Iglesia es clara al respecto: nos enseña
que para recibir válidamente el sacramento de la
penitencia es necesario, además de la confesión
de los pecados y de la satisfacción, la contrición,
que incluye el propósito de enmienda (cfr. 5.3.1.A).
Por tanto, quien no tiene propósito de enmienda,
no tiene verdadera contrición y, consecuentemente,
no puede recibir válidamente la absolución
sacramental (cfr. Conc. de Trento: Dz. 897).
Para recibir la Eucaristía es necesario el estado
de gracia, pues quien come el pan o bebe el cáliz
del Señor indignamente come y bebe su propia condenación
(I Cor. 11, 27-29; Conc. de Trento: Dz. 893; Juan Pablo
II, Ep. Dominicae Coenae, n. 11).
Respecto a los cristianos que viven en esta situación
y que con frecuencia conservan la fe y desean educar cristianamente
a sus hijos, los sacerdotes y toda la comunidad deben
dar prueba de una atenta solicitud, a fin de que aquellos
no se consideren como separados de la Iglesia, de cuya
vida pueden participar en cuanto bautizados.
Se les exhorta a escuchar la palabra de Dios, a frecuentar
el sacrificio de la misa, a perseverar en la oración,
a incrementar las obras de caridad y las iniciativas de
la comunidad en favor de la justicia, a educar a sus hijos
en la fe cristiana, a cultivar el espíritu y las
obras de penitencia para implorar de este modo, día
a día, la gracia de Dios (Catecismo, n. 1651).