La Declaración Universal de los Derechos Humanos señala: "Los hombres y mujeres, a partir de la edad nubil, tienen derecho sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia y disfrutar de iguales derechos en cuanto al matrimonio".
Los pretendientes deben manifestar su voluntad de contraer matrimonio ante el Oficial de Registro Civil, quien elabora un acta de constancia de dicho acto, la que debe estar firmada por los pretendientes, el Oficial de Registro Civil y dos testigos que expresen conocer a los pretendientes y les conste no haber impedimento ni prohibición para la celebración del matrimonio.
Después de efectuada la manifestación de contraer matrimonio el Oficial de Registro Civil debe fijar en la puerta de su oficina el edicto, por lo menos 5 días antes a la celebración. A través de este documento se anuncia la fecha de celebración del matrimonio, el nombre de los contrayentes, de los testigos y el lugar y fecha de su realización.
Está prohibido contraer matrimonio en los siguientes casos:
El matrimonio debe celebrarse dentro los 15 días siguientes a la manifestación de voluntad de contraer matrimonio. Si vencido este plazo el matrimonio no fue celebrado, debe iniciarse nuevamente el trámite.
Los contrayentes pueden otorgar poder a una persona para que en representación suya manifieste su voluntad de contraer matrimonio y para que ratifique esta decisión en el acto de celebración del matrimonio. El poder debe mencionar expresamente la persona con quien el poderdante quiere contraer matrimonio.
El Oficial de Registro Civil se encuentra facultado para efectuar indagaciones y preguntar para establecer la identidad de los pretendientes y la ausencia de impedimento o prohibición legal para celebrar el matrimonio. En caso de que el Oficial de Registro Civil advierta la falsedad de datos, documentos o declaraciones y/o la suplantación de personas, debe suspender el acto y remitir antecedentes al Ministerio Público.
Si en el acto de celebración del matrimonio uno de los contrayentes no da una respuesta afirmativa o declara que su voluntad no es libre ni espontánea o que se arrepintió, el Oficial de Registro Civil debe suspender la celebración del matrimonio.
En caso de peligro de muerte de uno de los pretendientes, el matrimonio puede realizarse inmediatamente efectuada la manifestación de contraer matrimonio, sin la publicación de edictos. Esto debe constar en la casilla de observaciones de la partida.
El Oficial de Registro Civil es responsable por los datos incorrectamente asentados. Por su cuenta debe correr con los gastos que emerjan de la corrección de los errores cometidos. Esta responsabilidad es aplicable desde el año 2002.
También es responsable penalmente por delitos cometidos en calidad de autor o cómplice, por ejemplo en los delitos de: Bigamia, Simulación de Matrimonio (Art. 242 del Código Penal); Alteración o Sustitución del Estado Civil (Art. 244 del Código Penal); Falsedades Material, Ideológica o Uso de Instrumento Falsificado (Arts. 198, 199 y 203 del Código Penal) y de Supresión o Destrucción de Documento (Art. 202 del Código Penal)
En la partida de matrimonio, los contrayentes podrán reconocer a los hijos nacidos antes de su matrimonio; este reconocimiento podrá servir como prueba de filiación en el registro de datos de las partidas de nacimiento de sus hijos.
Las partidas de matrimonio sólo pueden ser canceladas, para que se extinga el vínculo matrimonial, por sentencia judicial ejecutoriada.Una partida de matrimonio puede ser cancelada por:
Beto:
Sep 08, 2015 at 01:34 AM
Hola soy boliviano y vivo en Inglaterra con mi novia que es italiana, quiero saber si mi novia puede casarse en Bolivia sin que yo tuviera que viajar a Bolivia con un (matrimonio de poderes) por favor ayúdeme, gracias.
Beto:
Sep 08, 2015 at 01:35 AM
Hola soy boliviano y vivo en Inglaterra con mi novia que es italiana, quiero saber si mi novia puede casarse en Bolivia sin que yo tuviera que viajar a Bolivia con un (matrimonio mediante poderes) por favor ayúdeme, gracias.
Yoselin:
Dec 19, 2017 at 10:57 PM
Es necesario el edicto si lo realizaré en el mismo registro?
Es necesario que los testigos sean 2 hombres y 2 mujeres?