Cédula de ciudadanía y certificado de votación original de los contrayentes;
Presencia de dos testigos hábiles, quienes presentarán sus cédulas de ciudadanía y certificados de votación.
Pago de tasa.
Requisitos para casos especiales.
Si uno de los contrayentes es menor de edad, tiene que contar con la autorización de quien ejerza la representación legal.
Si uno de los contrayentes fuere progenitor soltero, viudo o divorciado y tuviere hijos bajo su patria potestad, deberá presentar Nombramiento de Curador Especial y si administra bienes debe presentar un inventario de los mismos;
Si uno de los contrayentes es extranjero residente, presentará el censo y la cédula de identidad; si no es residente, presentará el pasaporte con visa o permanencia legal. Además, en cualquier caso, presentará un certificado original de la filiación y estado civil del extranjero debidamente autenticado y traducido al español, de ser el caso.
Si uno de los contrayentes es miembro de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional, necesitará la autorización de la Dirección de la institución a la que pertenezca, o certificado de exoneración.