En esta sección podrás encontrar información sobre los procedimientos necesarios para el matrimonio civil, así como una lista de las dependencias legales en las cuales podrás registrarlo.

Nota: Por lo menos uno de los contrayentes debe residir en la circunscripción. El domicilio que declaren los contrayentes deberá coincidir con el que aparece en su documento de identidad. En caso contrario deberán llevar un certificado policial de domicilio, que lo pueden sacar en la estación policial de su zona.
Los viudos, además de la documentación indicada, deben presentar:
si tiene o no hijos bajo su patria potestad y si administra o no bienes de ellos.
Los divorciados, además de la documentación indicada, deben presentar:
si tiene o no hijos bajo su patria potestad y si administra o no bienes de ellos.
Los menores de 18 años, además de la documentación indicada, deben presentar la autorización escrita notverdana de los padres y/o permiso del juez de familia.
Los extranjeros deben presentar:
Nota: todo documento expedido por autoridad extranjera deberá tener la visación del consulado de su país, el departamento de extranjería y la traducción oficial.
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