Cuando una pareja comienza a organizar su boda lo hace en principio con mucha ilusión, pero ésta puede verse mermada a la hora de empezar las solicitudes de los diversos papeles necesarios para llevar a cabo el matrimonio…
Pero, no solamente cuando preparáis buestra boda surge el caos, también los papeles aparecen después de la boda.
Te lo ponemos fácil, tu solo toma nota de todos los papeles que necesitas antes y después de la boda y los trámties para vuestra celebración del matrimonio, así que fuera agobios.
Antes de la boda
Si os váis a casar por la Iglesia, debéis presentar una serie de documentos para que vuestro Párroco tramite el expediente matrimonial, testigos por cada contrayente (mayores de edad y documentados):
- Certificado literal de Nacimiento actualizado de cada uno de los novios. Para obtenerlo hay que dirigirse al Registro Civil del lugar de nacimiento. Tardan aproximadamente cinco días en tenerlo listo. Algunas parroquias tienen suficiente con el Libro de Familia.
- Partida de Bautismo. Este trámite debéis hacerlo con 6 meses por lo menso de antelación. Debéis acudir a la parroquia en la que ambos fuistéis bautizados.
- Documento Nacional de Identidad en vigor, o Pasaporte o Tarjeta de residencia de cada contrayente. Simplemente tener una fotocopia de cada uno.
- Cursillo Prematrimonial. Presentar el justificante de haber realizado un curisllo matrimonial (estos cursos cuentan con validez de 6 meses)
- Por último hay que tener en cuenta que hay parroquias que solicitan a los novios el certificado de confirmación. También el certificado de soltería que puede pedirse en el ayuntamiento donde se esté censado, este es necesario cuando uno de los dos es extranjero.
Si os váis a casas por lo civil, normalmente en estos casos casi todos los trámites se realizan en el Registro Civil, lugar onde tendréis que presentar la siguiente documentación y posteriormente iréis a recoger el expediente matrimonial. Estos son los papeles necesarios:
- Certificado de Nacimiento de cada uno de los contrayentes. Tenéis que dirigiros al Registro Civil del lugar de nacimiento de cada uno. Ojo contar con que tardan unos días en tenerlo.
- Certificado de soltería. Este impreso tenéis que solicitarlo en el Registro Civil del lugar donde se reside.
- Certificado de empadronamiento. Este certificado se solicita al Ayuntamientoy también en Juntas Municipales pertenecientes al lugar donde se ha residido los dos últimos años.
- Documento Nacional de Identidad en vigor, o Pasaporte o Tarjeta de residencia de cada contrayente. Simplemente tener una fotocopia de cada uno.
- La solicitud que os facilitarán en el Registro Civil cumplimentada.
Recordar que vuestros testigos del matrimonio también deberán llevar su Documento Nacional de Identidad o Pasaporte (fotocopia y original)
Régimen de gananciales
O régimen económico matrimonial. Puede ser el de gananciales (es el más común) o el régimen de separación de bienes, un notario se encargará de este pacto o contrato (capitulaciones matrimoniales) que debéis inscribir en el Registro Civil junto con la notificación del matrimonio.
Después de la boda
Ahora que ya sóis matrimonio
No olvidar que vuestro Viaje de novios también conlleva apapelos.
Para que la ceremonia de boda católica sea reconocida plenamente será necesario inscribir el matrimonio en el Registro Civil. Así, una vez concluida la ceremonia religiosa y se tenga el acta matrimonial firmada, se deberá entregar en el plazo de cinco días hábiles.
En el caso de las bodas civiles, si se ha celebrado ante el Alcalde o Concejal debe ser el propio Ayuntamiento quien promueva la inscripción del matrimonio, y si se ha celebrado ante el Juez del Registro Civil la inscripción se practica de oficio.
Una vez aportada toda la documentación e inscrito vuestro matrimonio en el Registro Civil, os darán el Libro de Familia que debéis conservar para inscribir, por ejemplo, el futuro nacimiento de vuestros hijos en común.
