Antes que un Oficial de Registro Civil permita a un ciudadano Estadounidense casarse en Bolivia, deben presentarse los siguientes documentos:
Copia certificada de certificado de nacimiento traducido al español y autenticado por un cĂ³nsul boliviano en los Estados Unidos.
Pasaporte vĂ¡lido de los Estados Unidos.
Certificado de elegibilidad para contraer matrimonio, como ser certificado de defunciĂ³n o divorcio para matrimonios previos o un certificado que establezca la inexistencia de un registro de matrimonio en el estado donde la persona residĂa previamente en Estados Unidos, el cual debe estar traducido al español y autenticado por un CĂ³nsul boliviano en Estados Unidos.
Prueba de que el ciudadano Estadounidense ha residido por lo menos tres meses continuos en Bolivia. Este requisito puede ser obviado a discreciĂ³n del Oficial de Registro Civil local.
Nota: Los funcionarios consulares de los Estados Unidos estĂ¡n autorizados por ley para efectuar servicios notariales limitados con relaciĂ³n a ciertos documentos que serĂ¡n presentados en los Estados Unidos. Los Funcionarios Consulares de los Estados Unidos no pueden efectuar servicios notariales en relaciĂ³n con documentos que serĂ¡n presentados en el paĂs anfitriĂ³n.
Leyes Bolivianas sobre el Matrimonio
En Bolivia solamente se reconocen como legales las uniones civiles. Las uniones civiles son efectuadas por un Oficial de Registro Civil, antes o despuĂ©s de una ceremonia religiosa. Aunque la mayorĂa de edad en Bolivia estĂ¡ establecida en 21 años, los hombres se pueden casar a los 16 años y las mujeres a los 14 años con el permiso de sus padres o apoderados. Pueden hacerse excepciones para menores de edad embarazadas cuyos padres niegan su permiso y para los huĂ©rfanos (los huĂ©rfanos deben obtener permiso para casarse del Tribunal Tutelar del Menor y del Juez de Familia). Como en los Estados Unidos, no se permite el matrimonio entre parientes consanguĂneos cercanos y la bigamia estĂ¡ contra la ley. TambiĂ©n estĂ¡ prohibido el matrimonio para una larga lista de personas, incluyendo aquellas mentalmente enfermas. Las viudas, divorciadas y las mujeres que hicieron anular sus matrimonios no pueden volver a casarse antes de 300 dĂas despuĂ©s de la muerte de su esposo, de la fecha de la sentencia final de divorcio, o de la notificaciĂ³n de la anulaciĂ³n.
Los matrimonios efectuados fuera de los Estados Unidos generalmente son reconocidos en los Estados Unidos. Para que un Certificado de Matrimonio boliviano tenga validez legal en los Estados Unidos, deberĂ¡ primero ser autenticado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Bolivia y luego legalizado notarialmente por el CĂ³nsul de los Estados Unidos en Bolivia.
