Posibilidades de cancelar el contrato y desistimiento del contrato

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Desistimiento del contrato

El desistimiento del contrato es un derecho que la ley concede al arrendatario cuando en el contrato de arrendamiento se ha pactado una duración superior a los cinco años.

Los requisitos para poder proceder a este desistimiento son que el contrato haya durado al menos cinco años y se comunique esta circunstancia al arrendador con una antelación de dos meses.

Al igual que en los casos anteriores, esta comunicación deberá hacerse de forma fehaciente.

Para los casos de desistimiento, la ley permite a las partes pactar la obligación para el arrendatario de abonar al arrendador un mes de renta por cada año que quede por cumplir de los que se hayan pactado en el contrato.

CONTRATO-ALQUILER

La opción de suspender el contrato es un derecho que la ley le otorga al arrendatario cuando se realicen en la vivienda obras de conservación o bien acordadas por la autoridad competente que la hagan inhabitable.

Posibilidades de cancelar el contrato

Existe la posibilidad de cancelar el contrato en casos especiales.

En contratos con duración superior a cinco anos, el arrendatario podrá desistir pasados cinco años, notificándolo con una antelación mínima de dos meses.

Se puede acordar una indemnización de una mensualidad por cada año que reste por vencer.

El cónyuge podrá seguir con el contrato si el arrendatario desiste de él. Si el arrendatario abandona la vivienda, el cónyuge seguirá con el contrato si lo notifica al arrendador en un período de un mes.

El contrato podrá mantenerlo la persona que haya convivido con el arrendatario los dos últimos años.

El arrendatario tiene el derecho a permanecer hasta cinco años en el piso aunque se haya producido una ejecución hipotecaria o judicial contra el arrendador o cuando se venda la vivienda.

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