Requisitos para el matrimonio civil en Guatemala

Tabla de contenido

La comuna capitalina informa a los vecinos de la ciudad sobre los requisitos que deberán cumplir para contraer matrimonio civil en el Palacio Municipal.   

Vivir o tener su domicilio y/o residencia dentro del perímetro de la ciudad y/o dentro del perímetro del municipio de Guatemala.   

Certificaciones de partidas de nacimiento o fe de edad de los contrayentes, extendidas por el Registro Civil del lugar de nacimiento (que no excedan los tres meses de haber sido extendidas).   

Cédulas de Vecindad en buen estado, que no estén emplasticadas las hojas de modificaciones.   

Fotocopias claras y legibles de las Cédulas de Vecindad de los contrayentes. (En el caso de que uno de los contrayentes fuera menor de edad, deberá presentar fotocopias claras de Cédulas de Vecindad del padre o la madre que tenga la patria potestad, o personas que tengan la tutela del menor de edad, o traer autorización, debidamente firmada por un notario). Todas las personas antes indicadas deberán presentarse el día señalado para el matrimonio.   

Certificado médico de ambos contrayentes, en el que conste que no padecen de enfermedades infecto contagiosas incurables o defectos físicos para procrear. (No deberá presentarse certificado médico cuando los contrayentes ya han tenido relaciones de hecho, vivan juntos y/o tengan hijos. En el caso de que ya tengan hijos, deberán presentar certificación de partida de nacimiento de los mismos.   

Boleto de Ornato de la Municipalidad de Guatemala, de los dos contrayentes.   

Si uno o ambos contrayentes fuesen viudos o divorciados, deberán presentar certificación de nacimiento original reciente, en la cual conste el divorcio y/o defunción, según el caso, extendida por el Registrador Civil respectivo.   

Llenar el formulario de solicitud que deberán recoger en la Oficina de Matrimonios, 2do. piso del Palacio Municipal, de 9 a 17 horas.   

Con todos los requisitos y formalidades legales necesarias para autorizar el matrimonio y completada la papelería, se fijará día y hora para celebrar el matrimonio civil en el Palacio Municipal. Requisitos para extranjeros   

Certificación de nacimiento   

Certificación de solteríaEstos dos documentos deben venir firmados por el embajador o cónsul de Guatemala en el país de origen del contrayente, así como por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Guatemala.   

Certificación médica de ambos contrayentes   

Pasaporte vigente   

Publicaciones de edictos   

Celebrar capitulaciones matrimoniales con notario guatemalteco, sólo en el caso de que el contrayente sea extranjero y la contrayente, guatemalteca.   

Protocolizar con notario guatemalteco los documentos provenientes del exterior, de conformidad con la ley.

Nota: El hecho de contraer matrimonio civil en esta institución municipal NO significa que la estadía del extranjero en Guatemala es legal y que puede quedarse de por vida en el país. Por el contrario, su situación migratoria debe ser tramitada ante las autoridades de Migración guatemaltecas. Una vez celebrado el matrimonio civil, el mismo día se hará entrega de la respectiva constancia, NO así la certificación de acta de matrimonio, debido a que la misma conlleva más requisitos administrativos. Para la obtención de la certificación de matrimonio en el caso de extranjeros, debe tramitarse ante el Registro Civil, previo al pago en las cajas respectivas.

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